La Unión Europea y el Reino Unido mantendrán sus lazos comerciales tras el acuerdo alcanzado por ambas partes. Así, el transporte por carretera se seguirá realizando de la misma manera. Bueno, no del todo. La burocracia, los controles fronterizos y aduaneros han llegado para quedarse. Paciencia.
Al final no fue jaque mate. Lo que venía llamándose como Brexit duro no se ha producido. A una semana de que concluyera el período de transición, las dos partes involucradas (Unión Europea y Reino Unido) han alcanzado un acuerdo. Para el transporte por carretera español es una buena noticia.
El intercambio de mercancías podrá seguir produciéndose de forma ilimitada, sin pago de aranceles, eso sí, las controles fronterizos y aduaneros estarán a la orden del día. La burocracia para llegar a las islas británicas supondrá que los camioneros que acudan por aquellos lares tengan que armarse de mucha paciencia.
Cabe recordar que el pasado 31 de enero Reino Unido decidió abandonar la Unión Europea, pero seguía sujeto a las normas europeas durante un período de transición que concluía a finales de 2020. Interminables reuniones que se metían en callejones sin salida hacían presagiar lo que nadie quería no llegar a ningún acuerdo que regulará la relación entre los dos sujetos intervinientes por un lado la Unión Europea y por el otro el Reino Unido.
Al final, a una semana de que concluyera el año y con miles de camioneros colapsados en colas kilométricas para acceder a las islas se alcanzó el ansiado acuerdo, evitando un quebradero de cabeza para cientos de empresas de nuestro país.
De este modo, desde el 1 de enero, los 8.000 camiones españoles que suelen moverse por Reino Unido pueden seguir trabajando, eso sí, con el establecimiento de controles fronterizos. Cabe reseñar que el país británico supone el quinto país de destino de las mercancías españolas con un montante total de unos 20.000 millones de euros de productos agroalimentarios, automoción y farmacéuticos, principalmente.
Para empezar, el gobierno británico exige a los transportistas que vayan o no en vacío y que crucen el Canal de la Mancha en ferry por el puerto de Dover o cogiendo el tren en el eurotúnel deberán obtener previamente el permiso llamado KAP (Kent Acces Permit). En el caso de no tenerlo las sanciones serán de 300 euros.
Entre los derechos que otorga este acuerdo está el acceso de transportistas sin cuotas ni limitaciones de cupo, lo que supone que cualquier camión de la UE podrá llegar al Reino Unido y regresar de allí ilimitadamente. Además, contempla la opción de realizar hasta dos operaciones adicionales en el territorio británico, con lo que se limitará el riesgo de tener que viajar de regreso a la UE sin carga.
Si el papeleo a partir de ahora será numeroso a eso hay que sumar algo más por cuestión de la pandemia sanitaria. Y es que los conductores que viajen de Inglaterra a Francia deben disponer del resultado de una prueba negativa COVID-19 realizada en Reino Unido con menos de 72 horas de antelación. Para rizar el rizo.
En resumen y como bien indican desde FROET (Federación Regional de Organizaciones Empresariales de Transporte de Murcia) está sería la documentación necesaria para viajar a Reino Unido:
Documentación del conductor:
- – Permiso de conducir.
- – CAP.
- – DNI y Pasaporte.
- – Tarjeta tacógrafo digital.
- – Tarjeta Sanitaria Europea. La sanidad está incluida en el ámbito de aplicación del Acuerdo y seguirán aplicándose los regímenes actuales.
- – Check-List para evitar polizones. Código de Buenas Prácticas.
- – Permiso de Kent para acceder al puerto de Dover y/o Eurotunnel desde UK.
- – Coronavirus. Certificado de desplazamiento.
- – Coronavirus. UK Passanger Contact Locator.
- – Test negativo COVID-19 de salida hacia Francia con 72 horas de antelación.
- – Tarjeta verde (seguro de accidentes del conjunto del vehículo).
- – Licencia Comunitaria.
- – CMR.
- – Documentos aduaneros Documento Único Administrativo (DUA) que debe incluir el MRN (Número de movimiento único de la mercancías), EORI del importador y en su caso el documento de Acompañamiento de Tránsito (TAD) debidamente cumplimentados y transmitidos a la autoridad aduanera con 24 horas de antelación al viaje. Esta documentación se debe proporcionar al transportista a través de su cliente.
- – Controles Fitosanitarios, si corresponde hacerlos.
- – Para la salida través de KENT, el código QR obtenido ONLINE