El Ministerio de Transportes facilitará al de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones los datos identificativos de los conductores profesionales, allanando el camino para la tramitación de la jubilación anticipada en el sector del transporte de mercancías por carretera.
Esta medida responde a la solicitud promovida en octubre de 2025 por Fenadismer y CETM, junto con sindicatos, para aplicar coeficientes reductores que permitan la jubilación anticipada de conductores. L
a reciente sentencia del Tribunal Supremo del 23 de febrero de 2026 declaró nula la obligación de que las organizaciones aporten los datos fiscales de los afectados, un requisito que paralizaba procedimientos al ser imposible de cumplir en un colectivo de unos 300.000 conductores solo en mercancías.
Tras una carta de respuesta de las patronales y sindicatos proponiendo que organismos públicos suministraran los datos, la Seguridad Social confirmó esta semana que el Ministerio de Transportes se compromete a hacerlo, dando por cumplido el requisito.
Paradoja en el procedimiento
Curiosamente, los servicios jurídicos de la Seguridad Social ya habían cuestionado durante la tramitación del Decreto de mayo de 2025 este requisito desproporcionado por falta de base legal. La sentencia del Supremo valida esa postura inicial, evitando cargas innecesarias a empresas y sindicatos que no disponen de tales datos personales.
Esta resolución permite retomar sin dilaciones el expediente para el sector, un paso clave tras meses de bloqueo administrativo.
El transporte por carretera acumula demandas históricas por la jubilación anticipada, dada la alta siniestralidad, condiciones penosas y larga exposición al volante de los conductores profesionales. Con 300.000 afectados potenciales en mercancías, la entrega de datos públicos agiliza un procedimiento esencial para renovar plantillas y mejorar condiciones laborales.
Fenadismer celebra este compromiso como un avance decisivo en la lucha por derechos sectoriales.



