La Orden de la Xunta de Galicia que ha entrado en vigor este miércoles 29 de julio obliga a que los transportistas procedentes de Aragón, Cataluña, Navarra, País Vasco, La Rioja y de otros países europeos se registren sanitarimente en un Registro Sanitario cada vez que accedan al territorio gallego, rellenando un formulario bien por internet o telefónicamente.
Cabe reseñar que entre Galicia y las cinco Comunidades autónomas afectadas, anualmente se realizan más de 370.000 servicios de transporte de mercancías por carretera en vehículos profesionales, cuyos conductores profesionales deberán cumplimentar el formulario oficial de desplazamiento por cada servicio realizado.
En la citada Orden se establece que todas aquellas personas que hayan estado dentro de los catorce días anteriores a dicha llegada en territorio con alta incidencia del covid-19 deberán registrarse en un plazo máximo de 24 horas desde la llegada, comunicando sus datos de contacto, mediante un formulario al que se puede acceder a través de la dirección de internet https://coronavirus.sergas.gal/viaxeiros o bien llamando por teléfono al 881 00 20 21.
Ante esta situación, Fenadismer considera que su aplicación es absolutamente incompatible con la actividad del transporte de mercancías por carretera, en la que diariamente se realizan miles de desplazamientos entre Galicia y las demás regiones incluidas en dicha norma.
Por tanto, la Federación rechaza que los transportistas sean considerados como unos “turistas” más a la hora de aplicar la citada regulación, ya que ello supondría en la práctica que los aproximadamente 1.100 transportistas que diariamente cruzan la “frontera” gallega deberían rellenar el citado formulario, lo que supondría una inasumible carga burocrática que entorpecería su actividad y el consiguiente colapso de los servicios de atención telefónica de la Xunta.



