El Ministerio de Transportes ha aprobado la inclusión en el Observatorio oficial de Costes de Transporte de Mercancías de una nueva categoría dedicada a los vehículos articulados de carga general de 44 toneladas.
Esta decisión representa un hito importante para el sector del transporte español, al proporcionar por primera vez una referencia oficial que permitirá a los transportistas calcular con precisión el sobrecoste económico derivado del incremento de carga autorizado.
La aprobación se produce tras la entrada en vigor de la Orden Ministerial del pasado 23 de octubre, que incrementó la Masa Máxima Autorizada (MMA) de los vehículos articulados de transporte de mercancías con 5 o más ejes desde las 40 toneladas hasta las 44 toneladas.
Este aumento de capacidad es especialmente relevante considerando que España no había modificado estos límites de peso en más de cuatro décadas, posicionando finalmente al país a la altura de otros 13 estados miembros de la Unión Europea que ya disponían de esta normativa.
El sobrecoste del incremento: 5,94%
Según los cálculos realizados por el Ministerio en colaboración con las asociaciones de transportistas y cargadores durante los últimos dos meses, la variación de los costes referenciales para un vehículo articulado de carga general de 44 toneladas supone un sobrecoste de casi el 6% respecto a un vehículo de 40 toneladas.
En cifras concretas, los costes anuales de explotación de un vehículo de 44 toneladas, referidos a la fecha de 31 de octubre de 2025, alcanzan los 161.543,74 euros, lo que representa un incremento del 5,94% comparado con sus homólogos de menor tonelaje.
Esta información oficial resulta fundamental para que los transportistas puedan justificar ante sus clientes y organismos reguladores los costes adicionales derivados de la operación con mayor capacidad de carga, contribuyendo así a mejorar la transparencia en las negociaciones comerciales.
Aunque la decisión del Ministerio constituye un paso adelante significativo, es importante destacar que por el momento los transportes con 44 toneladas solo están autorizados para servicios de carácter nacional. Aunque Francia y Portugal ya cuentan con esta normativa en sus respectivas legislaciones, la Directiva europea que regula los pesos y dimensiones de los vehículos no contempla aún la posibilidad de realizar transportes internacionales con dicho tonelaje.
Sin embargo, FENADISMER recuerda que existe una tramitación en curso para la posible modificación de la directiva europea en este sentido, lo que podría permitir en los próximos años la circulación internacional de vehículos de 44 toneladas, abriendo así nuevas oportunidades comerciales para el sector del transporte español.
El Ministerio de Transportes ha anunciado que todos los datos desglosados correspondientes a la nueva categoría de vehículos de 44 toneladas serán publicados en los próximos días en su web oficial, permitiendo a los transportistas acceder a un análisis detallado de cada partida de costes de explotación.



