La Agencia Tributaria habilita en su web el acceso a la solicitud de ayudas para los transportistas excluidos del gasóleo profesional por tener vehículos de menos de 7.5 tns de MMA o bien porque estén propulsados por gas, así como todos los transportistas residentes en Canarias, Ceuta y Melilla. Las ayudas deberán solicitarse como fecha límite antes del 31 de mayo, estando previsto su cobro a partir del mes de mayo.
La Agencia Tributaria confirma que los transportistas que están excluidos del gasóleo profesional por tener vehículos de menos de 7.5 tns de MMA o bien porque están propulsados por gas deberán pedir las ayudas a bonificación de los combustibles a partir del 1 de abril.
Los transportistas acogidos a gasóleo profesional deberán declarar sus ayudas recibidas antes del 10 de Febrero para acogerse a la nueva bonificación a los combustibles.
Como cada año, los transportistas beneficiarios del gasóleo profesional están obligados a declarar a la Agencia Tributaria los kilómetros anuales como fecha límite el 31 de marzo y a actualizar sus vehículos en el censo de beneficiarios.
Fenadismer recuerda que los transportistas beneficiarios del gasóleo profesional están obligados a declarar a la Agencia Tributaria los kilómetros anuales como fecha límite el 31 de marzo.
Los transportistas acogidos la gasóleo profesional obligados a comunicar sus kilómetros a la Agencia Tributaria.
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