Tacógrafo inteligente 2ª generación: Obligatorio para camiones que hacen internacional antes del 21 de agosto

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A partir del 21 de agosto de 2025, todos los camiones y autobuses que realicen transporte internacional deberán llevar instalado el tacógrafo inteligente de 2ª generación, según el Paquete de Movilidad de la UE. Incumplir esta norma puede acarrear multas de hasta 30.000€ e inmovilización del vehículo. Te contamos todos los detalles.

Como ha venido informando FENADISMER, el denominado Paquete de Movilidad, que aprobó la Unión Europea en 2020, incluyó entre otras medidas legales, la obligación de instalar en todos los vehículos de transporte tanto nuevos como usados que vayan a hacer transporte internacional desde este año 2025 el nuevo tacógrafo inteligente de segunda generación.

Esta medida ha entrado en vigor en dos fases: la primera el pasado mes de febrero cuando los camiones y autobuses que iban equipados con tacógrafo analógico o digital no inteligente debieron sustituirlo antes del final de dicho mes para continuar haciendo transporte internacional.

La segunda para los matriculados a partir de junio de 2019 los cuales van equipado con tacógrafo inteligente de 1ª generación y que tendrán de plazo hasta el próximo 20 de agosto para hacer la sustitución por el de 2ª generación, para poder continuar haciendo transporte internacional, lo que ha supuesto que más de 30.000 vehículos de transporte han tenido que pasar por el taller estos últimos meses para llevar a cabo el “retrofit”.

Asimismo, el próximo 1 de julio de 2026 todos los vehículos de transporte ligero (furgonetas) con una MMA entre 2,5 y 3,5 toneladas deberán estar equipados con el tacógrafo inteligente de segunda generación si realizan transporte internacional.

La sanción por su incumplimiento varía de unos Estados miembros a otros, teniendo en cuenta que por la posición geográfica de nuestro país, dicho control se realizaría en la mayoría de los casos en territorio francés, donde su legislación prevé multas de hasta 30.000 euros y la inmovilización del vehículo, e incluso la posibilidad de acordar prisión de hasta 1 año para el conductor.

En el caso de Portugal la sanción prevista puede alcanzar los 6.000 euros, igual importe al previsto en Alemania, siendo en Italia la multa de 3.600 euros y en Holanda de 4.400 euros. 

En este sentido, en relación a las dudas planteadas, FENADISMER recuerda que los vehículos de transporte que presten sus servicios exclusivamente a nivel local o nacional y vayan equipados con tacógrafo analógico o digital no inteligente no están obligados a sustituirlos en ningún momento, salvo en caso de rotura que imposibilite su reparación.

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