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La morosidad en el transporte en julio vuelve a remontar hasta los 86 días de media

Fenadismer ha publicado los resultados actualizados del Observatorio permanente de la morosidad y los pagos en el sector del transporte por carretera en España correspondiente al mes de julio de 2020.

En ellos vemos el aumento, nuevamente, de los plazos de pago en el sector del transporte de mercancías por carretera situándose en 86 días de media, manteniéndose por encima del período precovid, incumpliendo la Ley de morosidad un 65% de los clientes transportistas.

Así, en cuanto a los medios de pago que utilizan las empresas cargadoras y operadores logísticos para pagar a sus transportistas, durante este mes las modalidades más habituales continúan siendo por este orden el confirming (44%), seguido de la trasferencia (42%), del pagaré (14%)  y el cheque (<1%).

Por lo que se refiere a los plazos de pago la situación derivada por el covid-19 en la actividad económica continúa afectado negativamente en el sector del transporte por carretera presentando datos preocupantes.  Así en julio el 65% de los pagos que se realizan a las empresas transportistas por parte de sus clientes incumplen la legislación vigente en materia de morosidad al superar el plazo máximo de 60 días a contar desde la realización del servicio.

De nuevo en julio se aprecia una leve incremento en el período de pago respecto al mes anterior, continuando muy elevado el grado de incumplimiento de los plazos de pago, ya que se situó en 86 días de media el pasado julio, frente a los 85 días de media en junio, lo que supone un incremento importante respecto al pasado febrero, esto es, el período precovid, que se situaba en 78 días de media.

Como se recordará, Fenadismer puso en marcha en julio de 2012 el Observatorio permanente de la morosidad y los pagos en el sector del transporte por carretera, con la finalidad de conocer mensualmente la evolución de las formas y plazos de pago en nuestro sector, y en consecuencia verificar el grado de cumplimiento de la vigente legislación en materia de morosidad en las relaciones comerciales, la cual establece que el plazo máximo de pago será de 30 días desde la fecha de prestación del servicio, ampliable a un máximo de 60 días si así lo establecen las partes.

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