El Parlamento Europeo aprueba la regulación Euro 7 para reducir las emisiones del transporte por carretera de turismos, furgonetas, autobuses, camiones y remolques.
El Parlamento Europeo aprueba la nueva norma que fija los estándares de reducción de emisiones contaminantes atmosféricos procedentes del transporte por carretera, aunque el texto deberá ser validado por el Consejo de la UE.
Para los coches y furgonetas se mantendrán los límites de emisiones y el proceso de homologación de la actual Euro 6. Aunque a petición del Parlamento, en la Euro 7 el número de partículas de escape se medirá a nivel de PN10, en lugar de PN23, con lo que se incluyen partículas más pequeñas.
Para camiones y autobuses se aplicarán límites más estrictos para las emisiones de gases de escape, medidos tanto en laboratorios como en condiciones de conducción reales, manteniendo las condiciones de homologación establecidas en las actuales condiciones de ensayo Euro VI. Así por ejemplo, límite de NOx de 200 mg/kWh en laboratorio y 260 mg/kWh límite de NOx en condiciones reales de conducción.
Esta nueva reglamentación mantiene los valores máximos de emisiones por tubo de escape de los actuales, tanto para vehículos ligeros como para pesados, pero endurecerá las restricciones a las emisiones contaminantes resultantes del uso de los frenos y los neumáticos a partir de 2026, y los camiones tendrán que cumplirla a partir de 2028.
Como novedad, los estándares de la UE en la norma Euro 7 incluyen límites para las partículas emitidas por los frenos (PM10) de coches y furgonetas, así como requisitos mínimos de rendimiento y durabilidad de las baterías para vehículos eléctricos e híbridos.
El acuerdo establece límites a las emisiones de partículas de los frenos (PM10) de coches y furgonetas (3mg/km para los vehículos eléctricos puros; 7mg/km para la mayoría de los vehículos con motor de combustión interna (MCI), eléctricos híbridos y de pila de combustible y 11mg/km para las furgonetas grandes con MCI).
Del mismo modo, introduce requisitos mínimos de rendimiento para la durabilidad de las baterías de coches eléctricos e híbridos (80% desde el inicio de la vida útil hasta los cinco años o 100.000 km y 72% hasta los ocho años o 160.000 km) y furgonetas (75% desde el inicio de la vida útil hasta los cinco años o 100.000 km y 67% hasta los ocho años o 160.000 km).
Otra novedad que introduce la norma Euro 7 es el “pasaporte ambiental”. Un documento que contendrá información sobre el desempeño del vehículo en el momento de su matriculación, con parámetros como sus emisiones de CO2, su consumo de combustible o electricidad, autonomía eléctrica y vida útil de la batería.
De la misma manera que ocurre con el tacógrafo, los fabricantes deberán diseñar sus vehículos para blindar los sistemas de control de emisiones para evitar manipulaciones fraudulentas. El Parlamento y el Consejo deben aprobar formalmente el acuerdo antes de que pueda entrar en vigor. El reglamento se aplicará 30 meses después de su entrada en vigor para turismos y furgonetas, y 48 meses para autobuses, camiones y remolques.



