BOE publica Decreto que descarta peajes en autovías españolas: Impacto en el transporte por carretera

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El Boletín Oficial del Estado ha publicado el Real Decreto por el que se transpone a la normativa española la última reforma de la Directiva europea sobre la aplicación de gravámenes a los vehículos de transporte por la utilización de las infraestructuras viarias, coloquialmente denominada “euroviñeta”, que fue aprobada en 2022.

Como ya adelantó el Gobierno, el Decreto descarta por ahora el establecimiento de peajes en las autovías españolas, modificando su anterior criterio favorable a su imposición, tal y como se había comprometido ante la Comisión Europa a cambio de recibir uno de los plazos procedentes de los fondos Next Generation.

En este sentido, organizaciones como Fenadismer, que agrupa a 32.000 pequeñas y medianas empresas de transporte por carretera, valora positivamente el Real Decreto, especialmente por el rechazo popular que tal medida generaba en la opinión pública, y especialmente por parte de de las asociaciones de transportistas por su indudable daño a la competitividad del sector del transporte y del resto del sistema económico español.

Pese a ello, y como afirman desde Fenadismer, «periódicamente el lobby de las empresas constructoras, ávidas de incrementar su cartera de actividad a costa del bolsillo de los conductores, vienen planteando la conveniencia de implantar peajes para financiar el mantenimiento de las carreteras, como el anuncio realizado hace unos días en la que proponía establecer una tarifa de 2,8 céntimos para turismos y de 8,2 céntimos para camiones por kilómetro recorrido».

En este sentido Fenadismer recuerda que el sector del transporte por carretera con la actual fiscalidad que soporta, más de 21.000 millones de euros anuales, ya contribuye sobradamente al mantenimiento de las infraestructuras españolas, 

El nuevo Real Decreto aprobado se limita a establecer los criterios de fijación del peaje máximo a cobrar por las concesionarias privadas de autopistas, para cuyo cálculo se deberán tener en cuenta como novedad las emisiones de los vehículos.

Este criterio no se aplicará a las actuales autopistas de peaje existentes en España, sino sólo a las nuevas que se establezcan, con la excepción de las actuales autopistas propiedad del Estado que gestiona a través de la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte, esto es, las autopistas rescatadas como consecuencia de la quiebra de las empresas explotadoras, y que en lo conforman las siguientes: radiales R2, R3, R4, R5, autopistas M12, AP-41 y AP-36, y la AP-7 en el tramo Cartagena-Vera.

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