Advierten de nuevos servicios ‘pseudolegales’ para completar la falta de horas del tacógrafo

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Fenadismer advierte de nuevos servicios ‘pseudolegales’ que se ofrecen en internet para completar la falta de horas del tacógrafo de los transportistas.

Entre la nueva regulación aprobada por la Unión Europea en julio de 2020 en el denominado Paquete de Movilidad, se incluía la modificación  del Reglamento sobre Tiempos de Conducción y Descanso, que recogió importantes novedades tendentes a la flexibilización de dicha regulación.

Así, en transporte internacional, se permite que el conductor realice dos descansos semanales reducidos consecutivos (esto es, de al menos 24 horas), si son tomados fuera de su país de establecimiento, con el objetivo de regresar antes a su país, compensándolo en las siguientes semanas.

También se aprobó la posibilidad de ampliar entre 1 y 2 horas el límite máximo de conducción diaria o semanal establecido, para facilitar la llegada del transportista al centro de trabajo o a su lugar de residencia, con el fin de disfrutar de su período de descanso semanal normal.

Sin embargo, en ocasiones, en función de la ruta a realizar y las posibles incidencias que surjan durante el viaje, los transportistas agotan su tiempo máximo de conducción diario antes de llegar a destino, lo que les obliga a detenerse sin que con los nuevos plazos de flexibilidad para ampliar su período de conducción les permita concluir el viaje.

Como indican desde Fenadismer, «esta situación ha pretendido ser aprovechada por algunos para ofertar nuevas soluciones que ofertan por internet para dar nuevas soluciones ‘mágicas’ a las empresas de transporte para completar las horas de conducción de sus chóferes o de los propios transportistas, que llegan a calificar de servicios colaborativos.

Para ello, ofrecen una cartera de conductores habilitados, que denominan ‘conductor de apoyo’, pero sin integrarlo laboralmente en la empresa de transporte que contrata el servicio, el cual se encarga de llevar el camión hasta su destino».

A este respecto, Fenadismer advierte a las empresas de transporte del riesgo de incurrir en posibles infracciones administrativas en el caso de una inspección de transporte al contratar este tipo de servicios pseudolegales, de no poder justificar que el citado conductor ‘colaborador’ esté encuadrado en su propia organización empresarial, como prescribe la vigente Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.

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