Inspección de Trabajo establece el criterio del registro de la jornada

Tiempo de lectura: 3 min.

El pasado 12 de mayo, el Gobierno introdujo una modificación en el Estatuto de los Trabajadores, en lo relativo a la jornada de trabajo, estableciendo la obligación para los empresarios de realizar el registro diario de la jornada de sus trabajadores asalariados, incluyendo el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo, así como la obligación de conservar dicho registro durante un plazo de 4 años.

El principal objetivo que persigue el Gobierno con esta norma es poner fin a las horas extras que realizan algunos trabajadores sin ser cobradas, lo que es especialmente significativo en algunos sectores económicos, como la hostelería, la restauración o la alimentación.

A fin de establecer el criterio de actuación de la Inspección de Trabajo ha establecido recientemente el Criterio Técnico 101/2019, con el objeto de fijar los criterios para la realización de las actuaciones inspectoras que se efectúen, según afirma Fenadismer.

El referido Criterio Técnico señala claramente que debe ser objeto de registro exclusivamente la jornada de trabajo realizada diariamente, sin exigirse expresamente el registro de las interrupciones o pausas entre el inicio y la finalización de la jornada diaria, que no tengan carácter de tiempo de trabajo efectivo.

Asimismo, el Criterio Técnico establece que el sistema implantado ha de ser objetivo y fiable, de manera que permita computar la jornada laboral diaria realizada por cada trabajador. En caso contrario podría presumirse que lo es toda aquella que transcurre entre la hora de inicio y finalización de la jornada de trabajo registrada, y es el empresario al que correspondería la acreditación de que ello no es así.

Por lo que se refiere al sector del transporte por carretera, el Criterio Técnico de la Inspección de Trabajo declara plenamente vigente la regulación establecida en su día para el registro de jornada de los trabajadores móviles, es decir, de los conductores profesionales asalariados.

Tal obligación de registro de la jornada diaria de trabajo para el sector del transporte por carretera fue establecida en el año 2007 en virtud de la modificación del Real Decreto 1561/95 sobre regulación de las jornadas de trabajo en el sector del transporte.

A este respecto, debe recordarse que conforme a la consulta planteada por Fenadismer en su día a la Dirección General de Inspección del Trabajo, el uso del tacógrafo es “aceptable y suficientecomo registro de la jornada de trabajo de los conductores profesionales, ya que dicho aparato garantiza la fiabilidad e inviolabilidad de los datos registrados, debiendo conservarse los datos del tacógrafo durante 4 años, a fin de poder comprobar la correcta cotización a la Seguridad Social de los conductores asalariados.

En consecuencia, para el resto de empleados que trabajen en la empresa de transporte será necesario establecer un sistema o mecanismo de registro de su jornada diaria, que puede realizarse mediante formato electrónico con un sistema de fichajes, o bien manualmente en un documento con la firma del trabajador.

En cuanto a la localización y conservación de los registros horarios, el Criterio Técnico señala que deben ser accesibles en cualquier momento cuando así sea solicitado por la Inspección de Trabajo, y permanecer en el centro de trabajo, pudiendo conservarse en formato papel o en soporte informático.

Un buceador explora el fondo marino cerca de un iceberg, lo que pone de manifiesto que siempre hay más por descubrir bajo la superficie de lo que se ve desde arriba: perfecto para tu banner A, posición 01 en la versión de escritorio.
Advertisement
Advertisement
Un camión Volvo con el motor suspendido aparece en un entorno oscuro, en el banner A, posición 01. El texto dice: «Volvo Trucks. Driving Progress». Ideal para pantallas de ordenador.
Revista de camiones: «Suscríbete a nuestra revista. 1 año, 16 €». Destaca en la posición 02 para ordenador de sobremesa con la portada amarilla de CAMIÓN y nuestro exclusivo banner A.
Un buceador explora el fondo marino cerca de un iceberg, lo que pone de manifiesto que siempre hay más por descubrir bajo la superficie de lo que se ve desde arriba: perfecto para tu banner A, posición 01 en la versión de escritorio.
En el banner B aparece un camión Volvo con los faros encendidos junto a un motor suspendido, con la inscripción «VOLVO» en la parte inferior izquierda.
Más entradas de Actualidad