El Departamento de Mercancías del Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC) ha mantenido una reunión con el secretario de Estado, José Antonio Santano, la secretaria general, Rocío Báguena, y la directora general de Transporte Terrestre y Ferrocarril, Elena María Atance, para concretar los puntos ya acordados el pasado 30 de marzo y que se incorporarán de inmediato a las relaciones mercantiles.
El encuentro ha servido para cerrar varios aspectos que se regularán por la vía de un Real Decreto-ley que se aprobará el martes 14 de abril por razones de urgencia y necesidad.
Entre las medidas destacadas figura la modificación de la fórmula de revisión del precio del transporte en función de la variación del precio del combustible, que quedará vinculada directamente al carburante y no requerirá revisiones adicionales en futuras situaciones.
Otro de los puntos acordados afecta a la redacción del artículo 38 de la Ley 15/2009 del contrato de transporte terrestre de mercancías, con el objetivo de reforzar que la aplicación de la fórmula sea automática y obligatoria.
Además, se establece la obligación de desglosar en factura el ajuste por variación del precio del carburante previsto en el Real Decreto-ley 3/2022, eliminando la posibilidad de recoger en los contratos otra forma de reflejar este ajuste.
También se señala que se fijará un tipo sancionador para el incumplimiento de la obligación de desglose, con una agravación especial en caso de reincidencia.
Ambas partes han acordado mantener abierta la mesa de negociación permanente para seguir avanzando en los puntos pendientes, algunos de ellos sujetos a autorización o al marco temporal de ayudas de Estado por parte de la Comisión Europea.



